Mirada constitucional
La profesión indiscreta
No tiene ningún sentido, y tampoco hace bien a la esfera pública, quejarse con los periodistas por divulgar las filtraciones en las causas que lleva el ministerio público.
En esto, como en otras cosas de la vida, cada cual cumple con su deber.
Sobre el ministerio público pesa un deber de secreto o de discreción respecto de los antecedentes que contiene la carpeta investigativa; pero ese deber no alcanza a los medios de comunicación que no tienen ese deber, sino que, por el contrario, el suyo es divulgar todo aquello que reviste interés público.
Porque, aunque suela olvidarse, la virtud del periodismo es la indiscreción y no la reserva, el gusto por lo que se oculta y no por el disfraz que lo cubre, no la literalidad de lo que se dice, sino lo que se deja ver entrelíneas. Ese es su deber básico. Por eso toda la información que llega a manos o a oídos de los medios que, a juicio de estos últimos, posee interés público, merece ser divulgada. Por supuesto los medios o los periodistas pueden equivocarse a la hora de evaluar si algo reviste interés público o no; pero no cabe sino confiar en ellos y en su discernimiento porque la alternativa -que un tercero, por ejemplo, una autoridad, decida ex ante qué es de interés público y qué no- equivale a suprimir la libertad de información que es la base de una sociedad abierta.
Por eso no tiene mucho sentido quejarse de los medios que por estos días han divulgado conversaciones de la diputada Cariola o la exalcaldesa Hassler, porque si bien esas conversaciones son privadas por el ánimo con que se llevaron a cabo, es bastante obvio que tienen interés público atendido su contenido ¿acaso no tiene interés público la evaluación que hace una representante acerca del desempeño del gobierno del que forma parte? ¿no tiene interés público el intercambio de favores o la insinuación de que los debía haber? Se dirá que todo eso es parte de una comunicación informal y que las críticas al gobierno son fruto de una ofuscación momentánea; pero eso no despoja a esas comunicaciones del interés público que poseen. No es la individualidad, ni la vida sentimental, ni los temores íntimos lo que se ha divulgado, sino la reacción de una política frente a su propia tarea y su propio desempeño ¿Qué se trata de dichos en momentos de ofuscación? Tampoco eso los inmuniza frente a la mirada ajena si se habla del manejo de los asuntos gubernamentales.
Lo que más bien llama la atención es que se alce la voz al cielo por la difusión de esas conversaciones, y se haya guardado silencio con la búsqueda inquisitorial que el propio ministerio público llevó a cabo en otros casos, como el caso Hermosilla, donde se llevó a cabo una búsqueda de delitos deliberada mediante la revisión pormenorizada de comunicaciones. No buscando delitos que se supiera se cometieron, sino tras aquellos que se supone debía haber cometido. Es mal síntoma del escrutinio público que se alce la voz frente a un caso de interés público, y no se digan nada, o se aplauda, la actitud inquisitiva del ministerio público cuando, como ha ocurrido en otros casos, hurga y revisa con detalle y pormenor las comunicaciones no tras un delito determinado, sino en pos de cualquiera que quien firma las comunicaciones pudo haber cometido.
En cualquier caso y en lo que respecta al caso Cariola no cabe duda de que no se ha infringido la privacidad, ni violado un deber de discreción en cualquier caso inexistente para los periodistas que, afortunadamente para la democracia, ejercen lo que con toda justicia podría llamarse la profesión indiscreta.
Carlos Peña