Opinión
Luego de varias semanas de controversia, la pregunta sobre el nombramiento de jueces ha perdido fuerza en términos mediáticos. En algún sentido, puede que la ausencia de luces y de exposición pública beneficie el carácter reflexivo de la discusión, pero nada de esto debería hacernos olvidar la urgencia del problema que enfrentamos. Contar con jueces calificados, independientes e imparciales debiera ser una prioridad para nuestro sistema político, atendida la grave función que desempeñan en nuestro Estado de derecho.
En este contexto, el Presidente envió al Congreso una propuesta de reforma del Poder Judicial. En términos generales, esta propuesta crea el Consejo de Nombramientos, cuya función se limita a la preparación de propuestas jerarquizadas de candidatos con base en concursos competitivos. Si bien esta propuesta parte de un diagnóstico acertado, es decir, el gran espacio discrecional que existe actualmente en la conformación de las quinas y las ternas, todavía puede ser objeto de mejoras.
En primer lugar, llama la atención que en el caso del nombramiento de los ministros de la Corte Suprema se mantenga la ratificación del Senado. Dicha ratificación ha sido duramente criticada puesto que refuerza el carácter político del nombramiento, y obliga a los candidatos a buscar el patrocinio de los partidos y de las bancadas parlamentarias. La consecuencia natural de este sistema ha sido la obvia: la tendencia política del candidato termina siendo uno de los principales factores de decisión en el Congreso.
En segundo lugar, cabe apuntar a la conformación del Consejo de Nombramientos. Si bien es adecuado que este órgano esté compuesto mayoritariamente por jueces, resulta curioso que los jueces de instancia puedan participar en la propuesta de los ministros de las cortes superiores de justicia. Además, nos parece que centralizar la confección de las quinas y las ternas en un solo órgano a nivel nacional, es una decisión que pierde de vista las particularidades y necesidades propias de cada territorio jurisdiccional. La misma crítica se puede realizar respecto de la administración y gestión de los recursos del Poder Judicial, dado que también se centraliza esta tarea y, en consecuencia, se prescinde de las cortes de apelaciones para estos efectos.
En definitiva, sin perjuicio de la urgencia e importancia de reformar el sistema de nombramientos, el sistema político debería tomar más tiempo en mejorar la propuesta, dado que gran parte de la legitimidad de toda nuestra institucionalidad depende de que sigamos teniendo jueces calificados, independientes e imparciales.
¿Cómo nombrar a los jueces?
Francisco Medina Krause, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Católica del Maule y de la Universidad de los Andes. Investigador de Polis, el Observatorio Constitucional de la Universidad de los Andes