Cámara aprueba y despacha al Senado jornada de 40 horas
Tras varios meses de encendido debate, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley impulsado por diputados opositores que reduce a 40 horas semanales la jornada de trabajo, considerando una aplicación gradual de la medida.
La Cámara despachó a segundo trámite al Senado la iniciativa, que había sido aprobada en general el 24 de octubre pasado. A favor de rebajar la jornada laboral de 45 a 40 horas hubo 86 diputados, mientras que 33 votaron en contra y 31 se abstuvieron.
La principal impulsora de la iniciativa, la diputada comunista Camila Vallejo, destacó que "sacar este proyecto ha sido más difícil que un parto. Quiero dar las gracias a la tremenda paciencia que han tenido las y los trabajadores, también por su movilización y contribución a impulsar el proyecto".
Lo que se aprobó
La propuesta fue aprobada en general el 24 octubre, ocasión en que fueron ingresadas indicaciones que obligaron a un segundo informe de la Comisión de Trabajo que, entre sus nuevas consideraciones, optó por no avanzar en eliminar la palabra "efectivamente" de la norma que define qué se entiende por "jornada de trabajo". Esto pasaba por contemplar el tiempo de colación como parte de la jornada, lo que se finalmente se resolverá en el Senado.
En la votación también se reafirmó, por 83 votos a favor, el sistema de gradualidad planteado desde la Comisión de Trabajo. El proyecto define que las modificaciones hechas al Código del Trabajo comenzarán a aplicarse a los 12 meses desde la entrada en vigencia de la ley. Sin perjuicio de esto, las empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no excedan las 75 mil UF en el último año calendario a la fecha de vigencia de la ley, estarán facultadas para reducir la jornada ordinaria máxima semanal de forma gradual.
Para eso se dispone que, al inicio de 12 meses desde la entrada en vigencia de la ley, se comenzará en 44 horas semanales y, posteriormente, se irá disminuyendo una hora por año, hasta 40 horas semanales (al quinto año posterior a la vigencia de la presente ley).
La aplicación de esta ley, de aprobarse como está, no podrá representar una baja de los sueldos actuales.