Actualmente las municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer a la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas.
Sin obviar que una municipalidad, siendo una corporación autónoma - en términos generales - tiene la facultad de autogobierno o grado de independencia del poder territorial administrativo para gobernar de acuerdo con su Ley Orgánica Constitucional.
A ello, si bien es cierto que el artículo 29º del Decreto Ley Nro. 575 de 1974 - sobre Regionalización del País - dispone que la administración de los intereses locales en cada comuna será competencia de las municipalidades con ejercicio de las disposiciones que la ley les atribuye para su organización y atribuciones respectivamente; también es cierto que su objetivo es lograr más plenamente las metas de desarrollo económico y social que requieren de una mejor utilización del territorio y sus recursos provenientes del Fondo Nacional de desarrollo Regional, de las Inversiones Sectoriales de Asignación Regional, y otros. Sin obviar las rentas que perciben las municipalidades por servicios, patentes, multas, permisos y concesiones,entre otras.
Al respecto, los parlamentarios de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados y/o Senadores deberían promover un proyecto de ley para crear el Banco Municipal, en virtud de la Ley General de Bancos de 1960 y Ley sobre Sociedades Anónimas de 1981. Así, las municipalidades también invertirían en proyectos de infraestructura de salud, vivienda, educación e instrumentos financieros en bancos internacionales; quedando estas con sujeción a las normas de la Ley de Mercado de Valores de 1981. O sea, de igual forma o parecida forma a las operaciones que realizan las Administradoras de Fondos de Pensiones con nuestro capital de cotizaciones.
Teniendo presente que, el único objetivo del proyecto sería pretender que los recursos regionales otorgados cada año por el Ministerio de Hacienda - a través de la Ley de Presupuestos del Sector Público - que no fueren invertidos en proyecto alguno no sean devueltos a la Administración Financiera del Estado.
En conclusión, la política económica de las Municipalidades de Chile - a estas alturas del siglo XXI - ya debería descentralizarse. A fin de eliminar el centralismo.
Roberto Cisternas C.