Michael Seguel P. - La Estrella
En una breve ceremonia en el palacio de La Moneda, el Presidente Sebastián Piñera en compañía de familias y organizaciones sociales promulgó la Ley de Identidad de Género, cuya tramitación comenzó en 2013 en el Congreso y que permite el cambio de nombre y sexo registral.
"Estamos dando un paso adelante de no solo ir saldando una deuda (...) es nuestra obligación moral con quienes durante mucho tiempo han sido injustamente discriminados", dijo ayer Piñera en la ceremonia.
De acuerdo a la legislación la edad es clave para hacer la solicitud. Si la persona es mayor de 14 años y menor de 18 debe presentarse ante un Tribunal de Familia en compañía de un representante legal o tutor.
El presidente ejecutivo de Fundación Iguales, Juan Enrique Pi, precisa sobre este punto que "el representante legal, no necesariamente tiene que ser el padre o la madre. Es quien esté a cargo del adolescente". Y añade que "ahí el Tribunal de Familia solicitará una audiencia para escuchar la situación del adolescente. El juez al escuchar la voluntad del adolescente va a dar curso a la solicitud".
Mayores de edad
En el caso de los mayores de edad la ley distingue a los que tienen un matrimonio vigente de los que no lo tienen. En el caso de los solteros el requerimiento se realizará ante el Registro Civil, con el acompañamiento de dos testigos que den cuenta de que el o la solicitante entiende los alcances legales de la solicitud.
"Se trata de un trámite expedito, uniforme y gratuito ante el Registro Civil", explica Pi.
Para los casados, la solicitud deberá realizarse ante un Tribunal de Familia donde serán citados ambos cónyuges. En el caso de que sea acogida por el juez, implicará el término del matrimonio. Según Pi, esto porque en la legislación "la identidad de género difiere de la identidad familiar". Por ende, para todos los efectos legales la persona se entenderá como divorciada.
Plazos
Cuando la normativa sea publicada en el diario oficial, hay un plazo de seis meses para que el Ministerio de Justicia establezca un reglamento sobre el procedimiento que se debe hacer ante el Registro Civil. Y otro, donde el Ministerio de Desarrollo Social detalle el programa de acompañamiento para los menores de 14 que no están contemplados dentro de la legislación. Tras esto, hay un plazo de cuatro meses para la implementación de estos reglamentos.
"Estimamos que en septiembre de 2019 debiera estar vigente la Ley de Identidad de género", detalló Juan Enrique Pi.