Condenan a 12 años de cárcel a padre por violar a su propia hija
Los casos de abuso sexual por los cuales fue condenado el hombre, ocurrieron entre 2014 y 2017.
Condenado a 12 años de presidio efectivo como autor de los delitos de abuso sexual impropio y violación reiterada a menor de 14 años, quedó sujeto un hombre identificado con las iniciales E.A.V.P., señalado de cometer dichos ilícitos en perjuicio de su propia hija.
La comunicación de sentencia tuvo lugar ayer en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la comuna de Iquique, donde se estimó en calidad de autor por el delito consumado al acusado.
De acuerdo a lo resuelto por el tribunal, los hechos ocurrieron entre los años 2014 y 2017, en una vivienda de la comuna de Alto Hospicio y en circunstancias que la niña involucrada quedaba bajo cuidado de su padre, quien en repetidas ocasiones abusó de su hija.
Asimismo, el fallo dio por acreditado "que en fecha imposible de precisar de 2014, en un domicilio de la comuna de Alto Hospicio, el condenado se encontraba al cuidado de su hija, en ese entonces de 9 años de edad, aprovechó que la menor se acercó a ver televisión junto a él, para realizarle tocaciones por sobre el pijama".
Continúa explicando que "en tanto durante 2017, en días y horas que no son posibles de precisar, en el mismo domicilio, mientras se encontraba al cuidado de su hija, que a la sazón contaba con 12 años de edad, aprovechando que estaban a solas, la violó en reiteradas ocasiones, siendo sorprendido perpetrando el delito el 14 de agosto de 2017 por su conviviente y madre de la niña, quien estampó la denuncia ante Carabineros".
En fallo unánime, el tribunal integrado por los magistrados Felipe Ortiz de Zárate Fernández, en carácter de presidente, Juan Ibacache Cifuentes y Rodrigo Vega Azócar en calidad de redactor, aplicó además a E.A.V.P., las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena.
En el documento se explica que "más las especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y de ser oído como pariente en los casos que la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el plazo de 10 años desde que se cumpla la pena principal, y la inhabilitación absoluta temporal para cargos, oficios o profesiones ejercidas en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, por el lapso de 10 años".
El tribunal refirió igualmente, que una vez ejecutoriado el fallo se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
Finalmente se determinó la incorporación en el registro de inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad.
Posterior a la audiencia de comunicación de sentencia, E.A.V.P. fue traslado por Gendarmería de Chile hacia el Centro Penitenciario de Alto Hospicio, lugar donde cumplirá la condena de abuso y violación de manera efectiva.
9 años de edad tenía la víctima cuando fue abusada sexualmente por su padre.