Si bien la Ley N°19.537 de Copropiedad Inmobiliaria es bien clara y dispone que el cobro de gastos comunes ordinarios y extraordinarios -en adelante gastos comunes- está sujeto al Código de Procedimiento Civil y su conocimiento corresponde al juez de letras respectivo. También es cierto que, uno de los grandes problemas que enfrentan las comunidades y las administraciones en particular, es lograr que todos los comuneros paguen los gastos comunes. Pero también es cierto que, los reglamentos tipos de copropiedad para condominios de viviendas sociales no pueden establecer atribuciones que la ley no les ha otorgado.
No obstante que algunas comunidades de edificios de departamentos no están acogidos a la ley, no presentan balance e inventario alguno y no tienen cuenta corriente bancaria o cuenta de ahorro exclusiva del condominio, entre otros deberes. Sin perjuicio de que intencionalmente presumen desconocimiento total de las disposiciones legales y reglamentarias; y así, evitan concurrir a los juzgados de letras y que sus demandas ejecutivas resulten infructuosas. Manipulan el sistema hidropack que regula la presión del agua, la cual no llega o llega muy poca hasta los últimos pisos, y además ejercen dos medidas irregulares de apremio, a objeto hacer pagar los gastos comunes: los cortes de suministro de electricidad y/o agua potable. A sabiendas que esta última medida irregular de apremio no está contemplada en la ley, y es materia de derecho de salubridad ambiental.
Al respecto, es evidente que dichos actos ilegales también comprometen indirectamente a las empresas prestadoras de servicios, quienes deben garantizar la continuidad y calidad del servicio de electricidad y agua potable, respectivamente; cuando los usuarios ya han pagado las sumas adeudadas dentro del plazo establecido en las respectivas boletas, según Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. En consecuencia, ¿Qué hacer para enfrentar a los morosos? Lo mejor es que, quienes ejerzan cargos directivos o de administración de edificios de departamentos, ambos, juntos o por separado, no pierdan la calma, y simplemente actuar según la ley.
Roberto Cisternas Contreras
Agradecimiento
Junto con saludar, a través de la presente carta me asiste la obligación de agradecer una misiva publicada el (25/11/2016, página 22), en la cual un grupo de representantes de empresas transformadoras de algas valora la gestión de nuestro servicio, a pesar de la movilización nacional de los empleados públicos.
Dado lo anterior, es necesario recalcar el apoyo de los funcionarios de Sernapesca de la Región de Tarapacá para la consecución de los objetivos planteados por estos usuarios, y deja en evidencia el alto espíritu ético para superar esta urgencia, a pesar de sus legítimas aspiraciones gremiales. Sin otro particular, saluda atentamente…
Marcos Alejandro Moscoso Ceballos,
director regional de Sernapesca.